Gastos de comprar una vivienda en Melilla
Melilla comparte con Ceuta el régimen del artículo 57 bis y la sustitución del IVA por el IPSI, pero las fuentes consultadas discrepan sobre el tipo general de ITP aplicable y sobre el alcance real de la bonificación en la compraventa de vivienda usada. Esta ficha señala esa discrepancia en lugar de resolverla por su cuenta.
Dato pendiente de verificación. Las fuentes consultadas discrepan sobre el tipo general (6 % frente a 8 %) y sobre si la bonificación del 50 % alcanza a la compraventa de vivienda usada. Verificar en la Agencia Tributaria y en la Ciudad Autónoma antes de publicar.
Tipo general del ITP en Melilla
El tipo general del ITP para la transmisión de inmuebles en Melilla es del 6 %.
Tipos reducidos y quién puede acogerse
Melilla no articula sus ventajas fiscales como tipos reducidos sobre la tarifa, sino por las vías que se detallan más abajo.
Bonificaciones sobre la cuota
- 50 % — Bonificación del 50 % de la cuota de TPO (art. 57 bis)
Organismo competente: Agencia Tributaria (competencia estatal) y Ciudad Autónoma de Melilla. Norma: Real Decreto Legislativo 1/1993, art. 57 bis; Ley 8/1991 del IPSI. Portal oficial. Verificado el 27 de julio de 2026.
Particularidades de Melilla
Una discrepancia que no ocultamos
Las fuentes especializadas consultadas para compilar esta ficha ofrecen cifras distintas para el tipo general melillense y difieren sobre si la bonificación del 50 % alcanza efectivamente a la compraventa de vivienda usada o se limita a otros supuestos del artículo 57 bis.
Publicar una cifra en esas condiciones sería trasladar al lector una certeza que no tenemos. La ficha figura marcada como pendiente de verificación y así se muestra en la calculadora hasta que el dato se contraste con la Agencia Tributaria y con la Ciudad Autónoma de Melilla.
El IPSI de la construcción de viviendas
La Ley 8/1991 del IPSI y las ordenanzas melillenses fijan tipos específicos para la actividad inmobiliaria: la construcción y ejecución de obras destinadas principalmente a viviendas que vayan a ser objeto de una primera entrega posterior tributa a un tipo reducido, mientras que la reforma, readaptación o reconstrucción de viviendas y locales tributa a un tipo superior.
La primera transmisión de viviendas calificadas de protección oficial efectuada por sus promotores disfruta también de un tipo reducido, con el límite de dos plazas de garaje transmitidas conjuntamente.
Qué sí puede darse por cierto
El plazo de autoliquidación es el general de 30 días hábiles desde la celebración del acto o contrato, mediante modelo 600. La competencia corresponde a la Agencia Tributaria en los supuestos en que el rendimiento no se entiende producido en el territorio de una comunidad autónoma. Y la vivienda de obra nueva no paga IVA en ningún caso: queda fuera de su territorio de aplicación.
Cómo y cuándo se presenta
Modelo 600, ante Agencia Tributaria (competencia estatal) y Ciudad Autónoma de Melilla. Plazo de 30 días hábiles desde el otorgamiento de la escritura. La autoliquidación se presenta con copia simple de la escritura, DNI o NIE de las partes y, si se aplica un tipo reducido, el documento que acredite el requisito: título de familia numerosa, certificado de discapacidad, calificación de VPO o certificado de empadronamiento. Presentar fuera de plazo genera recargo. Detalle en la guía de plazos tras la firma.
Ejemplo numérico completo
Vivienda usada de 145.000 € en Melilla, comprador de 40 años, vivienda habitual, hipoteca del 80 %. El cálculo emplea el tipo del 6 % con bonificación del 50 %, dato marcado como pendiente de verificación: no debe tomarse como definitivo.
| Partida | Cálculo | Importe |
|---|---|---|
| ITPTipo general | 6,00 % de 145.000 € | 4.350 € |
| NotaríaArancel; horquilla 600 €–1.600 € | estimación | 619 € |
| Registro de la PropiedadArancel; horquilla 350 €–1.000 € | estimación | 412 € |
| GestoríaHonorarios libres | estimación | 400 € |
| TasaciónLa paga el cliente | estimación | 350 € |
| Seguro de daños, primera anualidad | estimación | 250 € |
| Copias y notas simples | estimación | 90 € |
| Gastos e impuestos | 4,5 % del precio | 6.471 € |
| Entrada del 20 % | 29.000 € | |
| Ahorro necesario | 35.471 € |
Las partidas marcadas como estimación son horquillas de mercado. El ITP se calcula sobre el mayor entre el precio escriturado y el valor de referencia del Catastro.
Calcule su caso en Melilla
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el tipo de ITP en Melilla?
Las fuentes consultadas discrepan entre el 6 % y el 8 %, y sobre el alcance de la bonificación del 50 % en vivienda usada. Recomendamos confirmarlo con la Agencia Tributaria antes de presupuestar la operación.
¿Se paga IVA al comprar obra nueva en Melilla?
No. Melilla está fuera del territorio de aplicación del IVA. La primera entrega de vivienda y la ejecución de obra tributan por IPSI, con tipos fijados por la Ley 8/1991 y las ordenanzas de la ciudad.
¿Cuál es el plazo para presentar el impuesto?
Treinta días hábiles desde la celebración del acto o contrato, mediante modelo 600.
Información orientativa. No constituye asesoramiento fiscal ni legal. Para una operación concreta consulte con un asesor o con Agencia Tributaria (competencia estatal) y Ciudad Autónoma de Melilla.