Calculadora de IVA y AJD de obra nueva
La vivienda de obra nueva no paga ITP: paga IVA, que es estatal, más el impuesto de Actos Jurídicos Documentados, que fija cada comunidad. Introduzca el precio y el territorio para ver ambos impuestos por separado y la carga total sobre el precio.
Dos impuestos de origen distinto
El IVA de la primera entrega de vivienda es del 10 % en toda la Península y las Islas Baleares, y del 4 % en la VPO de régimen especial. No cambia por comunidad. El AJD sí: grava la escritura de compraventa inscribible y va del 0,5 % al 1,5 % según el territorio. La suma habitual ronda el 10,75 % en Madrid y el 11,5 % donde el AJD es del 1,5 %.
Canarias, Ceuta y Melilla no pagan IVA
Canarias aplica el IGIC y Ceuta y Melilla el IPSI en lugar del IVA. Cuando el tipo de esos impuestos no ha podido contrastarse con la fuente oficial, la calculadora deja el importe como pendiente en vez de estimarlo. Es preferible un hueco visible a una cifra sin respaldo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga de impuestos por una vivienda nueva de 250.000 €?
El 10 % de IVA son 25.000 €, más el AJD de la comunidad. Con un AJD del 1 %, otros 2.500 €: 27.500 € en total. En Madrid, con AJD del 0,75 %, serían 26.875 €.
¿El IVA de la obra nueva es siempre el 10 %?
Sí para la vivienda habitual y sus anexos. Baja al 4 % en la VPO de régimen especial o de promoción pública. Los garajes, con un máximo de dos por vivienda, siguen el tipo de la vivienda.
¿Quién paga el AJD de la compraventa de obra nueva?
El comprador. Es distinto del AJD del préstamo hipotecario, que desde 2018 paga el banco.
Información orientativa. No constituye asesoramiento fiscal ni legal. Para una operación concreta consulte con un asesor o con la administración tributaria competente.