Gastos de comprar una vivienda en la Comunidad de Madrid

Madrid tiene el tipo general de ITP más bajo del régimen común, el 6 %, y el AJD más bajo de España después del País Vasco, el 0,75 %. La contrapartida es que sus tipos reducidos son pocos y estrictos: la comunidad ha optado por un tipo general bajo en lugar de por una escala amplia de bonificaciones.

Tipos verificados el 27 de julio de 2026 · Norma aplicada: Decreto Legislativo 1/2010, texto refundido de disposiciones legales en materia de tributos cedidos

Tipo general del ITP en la Comunidad de Madrid

El tipo general del ITP para la transmisión de inmuebles en la Comunidad de Madrid es del 6 %.

Tipos reducidos y quién puede acogerse

SupuestoTipo
Familia numerosa, vivienda habitualRequisitos: Título de familia numerosa vigente. Destino a vivienda habitual. Requisitos de venta de la vivienda anterior.4 %

Bonificaciones sobre la cuota

  • 10 % — Bonificación del 10 % en vivienda habitual de valor ≤ 250.000 €. Incompatible con el tipo del 4 %.

Organismo competente: Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid. Norma: Decreto Legislativo 1/2010, texto refundido de disposiciones legales en materia de tributos cedidos. Portal oficial. Verificado el 27 de julio de 2026.

Particularidades de la Comunidad de Madrid

Una bonificación en cuota, no un tipo reducido

La ventaja de acceso general madrileña no rebaja el tipo: bonifica el 10 % de la cuota ya calculada, siempre que el inmueble vaya a ser la vivienda habitual y su valor no supere los 250.000 €. Sobre una vivienda de 240.000 €, la cuota íntegra de 14.400 € se queda en 12.960 €.

La bonificación es incompatible con el tipo del 4 %: quien accede al tipo de familia numerosa no la aplica además. Y se pierde íntegra al superar los 250.000 €, un umbral que en el mercado de la capital deja fuera a la mayoría de las operaciones.

El 4 % de familia numerosa exige vender la anterior

El tipo del 4 % para vivienda habitual de familia numerosa está condicionado, entre otros requisitos, a la venta de la vivienda anterior dentro del plazo que establece la norma cuando existía. No basta el título de familia numerosa: hay que cumplir la totalidad de las condiciones y acreditarlas en la autoliquidación.

El AJD del 0,75 % y la obra nueva

En obra nueva Madrid es especialmente competitiva: 10 % de IVA más 0,75 % de AJD suman un 10,75 % frente al 11,5 % de las comunidades con AJD del 1,5 %. Sobre una vivienda de 350.000 € la diferencia es de 2.625 €.

La comunidad aplica además un tipo del 2 % a la transmisión de viviendas y sus anexos a empresas sujetas a las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad del sector inmobiliario, pensado para la actividad de compra y reventa profesional.

Cómo y cuándo se presenta

Modelo 600, ante Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid. Plazo de 30 días hábiles desde el otorgamiento de la escritura. La autoliquidación se presenta con copia simple de la escritura, DNI o NIE de las partes y, si se aplica un tipo reducido, el documento que acredite el requisito: título de familia numerosa, certificado de discapacidad, calificación de VPO o certificado de empadronamiento. Presentar fuera de plazo genera recargo. Detalle en la guía de plazos tras la firma.

Ejemplo numérico completo

Vivienda usada de 320.000 € en Madrid capital, comprador de 41 años, vivienda habitual, hipoteca del 80 %. Al superar los 250.000 € no procede la bonificación del 10 %: se aplica el 6 % íntegro.

Vivienda usada de 320.000 € en la Comunidad de Madrid, hipoteca del 80 %
PartidaCálculoImporte
ITPTipo general6,00 % de 320.000 €19.200 €
NotaríaArancel; horquilla 600 €–1.600 €estimación1.004 €
Registro de la PropiedadArancel; horquilla 350 €–1.000 €estimación692 €
GestoríaHonorarios libresestimación400 €
TasaciónLa paga el clienteestimación350 €
Seguro de daños, primera anualidadestimación250 €
Copias y notas simplesestimación90 €
Gastos e impuestos6,9 % del precio21.986 €
Entrada del 20 %64.000 €
Ahorro necesario85.986 €

Las partidas marcadas como estimación son horquillas de mercado. El ITP se calcula sobre el mayor entre el precio escriturado y el valor de referencia del Catastro.

Calcule su caso en la Comunidad de Madrid

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga de ITP en Madrid por una vivienda de 250.000 €?

La cuota íntegra al 6 % son 15.000 €. Si va a ser la vivienda habitual y no se supera ese valor, la bonificación del 10 % la deja en 13.500 €.

¿Se puede sumar la bonificación del 10 % al tipo del 4 %?

No. La normativa madrileña las declara incompatibles: la bonificación sólo procede cuando no resulta aplicable el tipo de gravamen del 4 %.

¿Por qué Madrid sale más barata en obra nueva?

Porque el AJD es del 0,75 %, la mitad que en las comunidades con tipo del 1,5 %. Sobre el IVA, que es estatal, no hay diferencia territorial en la Península.

Información orientativa. No constituye asesoramiento fiscal ni legal. Para una operación concreta consulte con un asesor o con Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid.