Gastos de comprar una vivienda en Galicia

Galicia organiza su fiscalidad inmobiliaria alrededor de una unidad territorial que no usa ninguna otra comunidad: la parroquia. La calificación de una parroquia como zona poco poblada o área rural puede reducir el ITP del 8 % al 6 %, y en determinados casos eliminarlo por completo.

Tipos verificados el 27 de julio de 2026 · Norma aplicada: Decreto Legislativo 1/2011, texto refundido de disposiciones legales en materia de tributos cedidos

Dato pendiente de verificación. El tipo de AJD no se ha localizado en las fuentes consultadas. Verificar en ATRIGA antes de publicar.

Tipo general del ITP en Galicia

El tipo general del ITP para la transmisión de inmuebles en Galicia es del 8 %.

Tipos reducidos y quién puede acogerse

SupuestoTipo
Vivienda habitual con límite de patrimonio de la unidad familiarRequisitos: El patrimonio de la unidad familiar no puede superar el límite fijado por la norma.7,0 %
Vivienda en parroquia con consideración de zona poco poblada o área rural6 %
Tipo mínimo por acumulación de reducciones (discapacidad, familia numerosa, menores de 36 años)3 %
Familia numerosa (vivienda habitual)3 %
Deducción del 100 %: discapacidad, familia numerosa o menores de 36 años en parroquia ruralRequisitos: Vivienda situada en parroquia calificada como zona poco poblada o área rural.0 %

Organismo competente: Axencia Tributaria de Galicia (ATRIGA). Norma: Decreto Legislativo 1/2011, texto refundido de disposiciones legales en materia de tributos cedidos. Portal oficial. Verificado el 27 de julio de 2026.

Particularidades de Galicia

La parroquia como unidad fiscal

El resto de España delimita sus beneficios rurales por municipio. Galicia lo hace por parroquia, la división tradicional del territorio gallego, muy inferior al municipio. Un mismo ayuntamiento puede contener parroquias calificadas como zona poco poblada y otras que no lo están.

La consecuencia práctica es que la comprobación no puede hacerse por el nombre del municipio: hay que localizar la parroquia concreta en la que radica el inmueble dentro del listado que publica la Xunta.

La deducción del 100 % en áreas rurales

Personas con discapacidad, familias numerosas, menores de 36 años y víctimas de violencia de género que adquieran su vivienda habitual en una parroquia calificada como zona poco poblada o área rural disponen de una deducción del 100 % de la cuota. No es un tipo reducido: es la eliminación del impuesto.

Es la medida de repoblación más agresiva del sistema fiscal gallego y explica por qué la comprobación parroquial merece la atención que se le dedica en esta página.

Rehabilitación con plazo de 36 meses

La adquisición de inmuebles destinados a rehabilitación inmediata tributa al 6 %, o al 4 % si el inmueble radica en parroquia rural. Las obras deben estar terminadas en un plazo inferior a 36 meses desde la fecha de pago del impuesto: es un plazo largo comparado con el de otras comunidades, pero su incumplimiento obliga a regularizar.

Galicia contempla además una reducción del 100 % en la transmisión de suelo rústico y de parcelas forestales, orientada a la concentración de la propiedad agraria y forestal.

Cómo y cuándo se presenta

Modelo 600, ante Axencia Tributaria de Galicia (ATRIGA). Plazo de 30 días hábiles desde el otorgamiento de la escritura. La autoliquidación se presenta con copia simple de la escritura, DNI o NIE de las partes y, si se aplica un tipo reducido, el documento que acredite el requisito: título de familia numerosa, certificado de discapacidad, calificación de VPO o certificado de empadronamiento. Presentar fuera de plazo genera recargo. Detalle en la guía de plazos tras la firma.

Ejemplo numérico completo

Vivienda usada de 135.000 € en A Coruña ciudad, comprador de 40 años, vivienda habitual, patrimonio de la unidad familiar dentro del límite legal, hipoteca del 80 %. Al no radicar en parroquia rural, se aplica el 7 %.

Vivienda usada de 135.000 € en Galicia, hipoteca del 80 %
PartidaCálculoImporte
ITPVivienda habitual con límite de patrimonio de la unidad familiar7,00 % de 135.000 €9.450 €
NotaríaArancel; horquilla 600 €–1.600 €estimación600 €
Registro de la PropiedadArancel; horquilla 350 €–1.000 €estimación396 €
GestoríaHonorarios libresestimación400 €
TasaciónLa paga el clienteestimación350 €
Seguro de daños, primera anualidadestimación250 €
Copias y notas simplesestimación90 €
Gastos e impuestos8,5 % del precio11.536 €
Entrada del 20 %27.000 €
Ahorro necesario38.536 €

Las partidas marcadas como estimación son horquillas de mercado. El ITP se calcula sobre el mayor entre el precio escriturado y el valor de referencia del Catastro.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si mi vivienda está en una parroquia calificada como área rural?

La Xunta publica el listado de parroquias con consideración de zona poco poblada o área rural. La consulta debe hacerse por parroquia, no por municipio: dentro de un mismo ayuntamiento puede haber parroquias incluidas y excluidas.

¿La deducción del 100 % se aplica automáticamente?

No. Debe consignarse en la autoliquidación del modelo 600 y acreditarse la circunstancia personal —edad, título de familia numerosa, certificado de discapacidad— y la ubicación del inmueble.

¿Qué límite de patrimonio exige el tipo del 7 %?

La norma condiciona el tipo reducido de vivienda habitual a que el patrimonio de la unidad familiar no supere una determinada cuantía, revisable. Debe confirmarse en ATRIGA antes de la firma.

Información orientativa. No constituye asesoramiento fiscal ni legal. Para una operación concreta consulte con un asesor o con Axencia Tributaria de Galicia (ATRIGA).