Calculadora de plusvalía municipal
El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana lo paga el vendedor. Desde la reforma de 2021 puede elegirse entre dos métodos de cálculo: esta herramienta los calcula ambos y le indica cuál le conviene.
Por qué no publicamos la tabla de coeficientes
El método objetivo multiplica el valor catastral del suelo por un coeficiente que depende de los años de tenencia. Esos coeficientes máximos se actualizan cada año mediante ley, y cada ayuntamiento puede fijar los suyos por debajo del límite estatal. Publicar una tabla que quedaría obsoleta haría más daño que dejar el hueco: pedimos que introduzca el coeficiente de su ordenanza, y el tipo de gravamen de su municipio.
La no sujeción en pérdidas
Tras la sentencia del Tribunal Constitucional 59/2017 y la reforma de 2021, transmitir con pérdida —vender por menos de lo que costó— no está sujeto al impuesto. Debe acreditarse comparando las escrituras de adquisición y de transmisión. La calculadora lo detecta cuando el valor de venta es inferior al de compra.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga la plusvalía municipal?
El vendedor en las compraventas. En herencias y donaciones la paga quien adquiere el inmueble.
¿Qué método conviene elegir?
El que dé menor cuota. La ley permite optar por el real (ganancia efectiva) o por el objetivo (valor catastral del suelo por coeficiente). Esta herramienta calcula ambos cuando introduce el coeficiente.
¿En qué plazo se paga?
30 días hábiles en las compraventas; 6 meses prorrogables a un año en las transmisiones por herencia.
Información orientativa. No constituye asesoramiento fiscal ni legal. Para una operación concreta consulte con un asesor o con la administración tributaria competente.