Gastos de constitución de la hipoteca

Desde la Ley 5/2019, en vigor el 16 de junio de 2019, el reparto de los gastos de la hipoteca está fijado por ley. El banco asume la mayoría; al cliente le quedan la tasación, el seguro de daños y, si existe, la comisión de apertura. Introduzca los importes para ver el reparto.

Tipos verificados el 27 de julio de 2026 · Metodología

La confusión de las dos notarías

El error más extendido es creer que el banco paga toda la notaría. No es así. El banco paga la notaría de la escritura de préstamo hipotecario. La notaría de la escritura de compraventa —la que transmite la propiedad— la paga el comprador, y no aparece en esta tabla: está en la calculadora de gastos totales de la compra.

El AJD del préstamo lo paga el banco

Desde el Real Decreto-ley 17/2018 el sujeto pasivo del AJD en los préstamos con garantía hipotecaria es el prestamista. Es la partida más cuantiosa que asumió la banca con el cambio normativo. No debe confundirse con el AJD de la compraventa de obra nueva, que sí paga el comprador.

Preguntas frecuentes

¿Qué gastos de la hipoteca paga el banco?

El AJD del préstamo, la notaría de la escritura de hipoteca, su inscripción en el registro y la gestoría de esa tramitación.

¿Qué paga el cliente?

La tasación del inmueble, el seguro de daños obligatorio (de compañía libre) y, si existe, la comisión de apertura, que debe cobrarse una sola vez.

¿Puede el banco obligarme a contratar su seguro?

No. La Ley 5/2019 obliga a un seguro de daños, pero el cliente elige la aseguradora. Vincular productos para mejorar el tipo es posible, pero debe ofrecerse también el préstamo sin esa vinculación.

Información orientativa. No constituye asesoramiento fiscal ni legal. Para una operación concreta consulte con un asesor o con la administración tributaria competente.